Autora: Nuria Belloso Martín.
Catedrática de Filosofía del Derecho, Universidad de Burgos.


La multidimensionalidad de lecturas que se han abierto derivadas de los efectos del Covid-19 ofrece una oportunidad para reflexionar sobre algunas dicotomías –además de la ya conocida contraposición maniquea entre salud / economía- así como para revisar algunos de los relatos y narrativas que han intentado explicar lo que esta crisis ha supuesto y el escenario post-pandémico que podría configurarse en el futuro. “Sociedad inmunológica”, “doctrina del shock”, “política de caos”, “regreso a la sociedad disciplinaria” y otros diversos rótulos constituyen un reflejo de la variedad de interpretaciones en las que se perciben las muchas inquietudes que la pandemia ha despertado.

De las variadas y plurales interpretaciones que se han realizado sobre la pandemia, conviene detenerse en reflexionar sobre qué transformación podrá implicar esta pandemia en el ámbito social y, principalmente, si se reflejará en una renovada forma de pensar y entender el Derecho, a modo de un Derecho pospandémico. Recorrer este camino no es fácil porque obliga a llevar a cabo una valoración del qué y el cómo se estaba trabajando hasta ahora (si nuestro Estado de Derecho gozaba de buena salud, si los derechos sociales protegían efectivamente a los grupos vulnerables y tantas otras cuestiones), con el riesgo de llegar a una conclusión decepcionante: que nuestro sistema parecía mejor de lo que realmente ha demostrado ser. A raíz de la pandemia, miedo y libertades han proyectado interrogantes sobre la función del Estado y del Derecho, sobre la biopolítica y la tecnociencia, sobre si el estado de alarma es una anormalidad constitucional, y otras muchas.

La búsqueda de una especie de antídoto se refleja no sólo en el ámbito de la ciencia (la vacuna) sino principalmente en el de la reflexión ius-filosófica que intenta salvar de la incertidumbre y las respuestas simplistas a una situación que resulta inédita para los ciudadanos del siglo XXI. Escritos de filósofos y literatos, a lo largo de la historia, ya nos habían ofrecido relatos y reflexiones sobre las epidemias y sus efectos, pero hasta la llegada de este virus, no se había tomado conciencia de la fragilidad y vulnerabilidad del ser humano, situación impensable en aquellas sociedades que se creían a salvo instaladas en su Estado de bienestar.

Los conceptos de incertidumbre, riesgo y peligro han venido a sustituir a los de certidumbre, seguridad y confianza. La mayor parte de las autoridades y de los Gobiernos han presentado el virus como el “nuevo enemigo” a combatir. En algunos casos se ha llegado a comparar con una situación de guerra. Se trataba de una amenaza de la que se desconocía casi todo, y a la que dejando las calles vacías y los hospitales llenos se pensó que se podría ganar. Ante ese no-saber, las decisiones de las autoridades se acataban, el control y las restricciones se interpretaban como medidas necesarias para vencer al enemigo, y se creía en las narrativas que se habían construido. Se confiaba en ganar la batalla y la solidaridad idealizada y la cooperación global empezaban a convertirse en una nueva mirada hacia el “otro”, sustituyendo a individualismos y egoísmos.

Ahora bien, cabe preguntarse si se trata sólo de un mero paréntesis y si, una vez se recobre la normalidad –ya no se sabe si la “anterior” o la “nueva”, todo vuelva a ser como antes. En nuestra opinión, se han abierto unos desafíos de tal calado que, en cuanto a la Teoría del Derecho se refiere, resultan necesarios unos enfoques renovados, acordes a las nuevas necesidades sociales, sin que ello suponga mermar ni un ápice los logros conseguidos en cuanto Estado democrático de Derecho.

Como ha advertido el filósofo surcoreano afincado en Berlín, Byung-Chul Han, este relato de solidaridad y “otredad”, admite un contra-relato, en cuanto que el virus nos aísla e individualiza. No genera ningún sentimiento colectivo fuerte. La solidaridad consistente en guardar distancias mutuas no es una solidaridad que permita soñar con una sociedad distinta, más pacífica, más justa», dando así un baño de realidad a los discursos idílicos sobre una pretendida idea de comunidad solidaria. El Derecho, como la Economía moderna, está constituido sobre la negación del “otro”, el “otro” como lo que marca la diferencia (por raza, por sexo, por fe). La alteridad viene a sustituir al enemigo. El virus ha individualizado al “otro”: ricos/pobres, enfermos/sanos, la estratificación permanece. Y se construye sobre la alteridad, el ego, el sujeto precisa del “otro”. Pero ese “otro” no siempre es considerado en su autonomía, como un igual a nosotros sino como un potencial enemigo, ahora que el virus nos acecha precisamente en el “otro”.

Se ha puesto de manifiesto la necesidad de reconstruir adecuadamente un Derecho post-viríco, lo que lleva a analizar algunas cuestiones nucleares para el Derecho, entre las que cabe reseñar tres: el primer tema es el de las relaciones entre democracia y Estado de Derecho en situaciones de excepcionalidad; el segundo, la virtualidad de los Derechos humanos en cuanto garantes para cubrir las necesidades de los colectivos especialmente vulnerables; el tercero, la reformulación de un Derecho post-vírico, incorporando algunas cuestiones que se han revelado claves, tales como la sociedad del riesgo/miedo, la adopción de decisiones a partir de la perspectiva del tiempo futuro y el cuestionamiento de las relaciones con el “otro” en un contexto en que ese “otro” es un potencial contagiante y, por tanto, un “enemigo”; Habría otro tema relevante, en que ahora me limito a reseñar, que es el de la gestión de los conflictos en tiempos de pandemia, y el impulso a los medios adecuados de solución de conflictos (MASC). Seguidamente, expondré algunas reflexiones sobre estos tres puntos nucleares.

Democracia y Estado de Derecho en situaciones de emergencia

En primer lugar, la situación de emergencia ha puesto de manifiesto que los límites de los derechos fundamentales (prevalencia de la salud pública sobre los derechos fundamentales; libertad de movimiento (confinamiento, cuarentena); libertad de manifestación; derecho al trabajo y a la libertad de empresa; derechos relativos al consumo y al ocio; derechos y relaciones familiares y matrimoniales; libertad religiosa en su ejercicio comunitario; derecho a la intimidad personal y familiar (vida privada) y la protección de datos personales (vigilancia QR, drones) y otros, pueden ponerse en discusión dejando al descubierto algunas debilidades de los sistemas democráticos -poniéndose además en cuestión a Estados democráticos ante el pretendido “éxito” de Estados autoritarios en contener el virus (a costa, claro está, de sacrificar la transparencia y el derecho a la información).

La equivocada polarización del debate entre Salud-Economía ha convertido cualquier opinión, aunque fuera de técnica jurídica, en cuestión ideológica, lo que ha empañado aquello que debería haber sido una articulación transparente de un mecanismo constitucional para una situación excepcional. El debate entre un Estado paternalista-autoritario y un Estado que delega para evitar responsabilidades deja al ciudadano indefenso. Los derechos no están en cuarentena ni pueden estarlo. Hay que separar los derechos de la ideología para no transitar hacia sistemas democráticos con fisuras.

Primar la seguridad sobre la libertad ha recuperado la actualidad de los postulados hobbesianos del Leviatán y exige un debate sobre la “sociedad del control” y “sociedades del disciplinamiento”. La realidad mistificada con máximas como “No dejar a nadie atrás”, “saldremos más fuertes”, sumado a la masiva utilización de las web y redes sociales ha dado pávulo a fake news y a una especie de post-verdad de la que se ha revestido todo el relato de la gestión de la pandemia.

Derechos humanos como garantes de colectivos especialmente vulnerables en tiempos de pandemia

En segundo lugar, la pandemia ha puesto en jaque a los derechos humanos restringiéndolos a un solo valor: la salud. Pero ¿por cuánto tiempo se podrá sostener? Los derechos humanos que afectan a los colectivos más vulnerables se han visto fuertemente afectados y se ha puesto de manifiesto que, a algunos sujetos, el sistema los ha invisibilizado y expulsado. Vuelve a emerger la sospecha de que “gana el más fuerte” y los débiles (personas mayores, enfermos, pobres, desempleados) son las principales víctimas. Los Estados en tiempos de pandemia deben saber redistribuir sus recursos sin caer en la tentación de un clientelismo que acaba resquebrajando los pilares del estado social de Derecho.

Se han priorizado acciones aplicando el enfoque de la vulnerabilidad, lo que implica identificar a los más vulnerables, valorar su situación de riesgo y establecer las acciones oportunas para mitigar tal vulnerabilidad. Enfermos, contagiados, personas mayores o con patologías, personas sin hogar, personas que viven solas, trabajadores informales, todos quedaban expuestos a una situación de mayor vulnerabilidad con respecto al Covid, en razón de las circunstancias sanitarias o económicas.

La pandemia también ha supuesto un grave retroceso con respecto a los derechos humanos vinculados a la implementación de la Agenda 2030 “Transformar nuestro mundo” y los Objetivos de desarrollo sostenible, tal y como han puesto de manifiesto diversos informes (2020). Las medidas adoptadas para luchar contra el contagio, con la consiguiente paralización de actividad económica y pérdida de empleos, ha incidido muy negativamente en el ODS 1 (fin de la pobreza), en el ODS 3 (salud y bienestar), en el ODS 10 (reducción de las desigualdades) y en el ODS 16 (paz, justicia e instituciones sólidas e inclusivas). La máxima de la era pandémica de “no dejar a nadie atrás” quedaba en un desiderátum y se ha instalado el temor a “qué pasará” en cuanto acaben las ayudas que de forma extraordinaria se han aprobado (ERTES, ingreso mínimo vital) amenazan con dejar una imagen lúgubre e irreconocible de nuestro “Estado del bienestar.

La necesidad de reformular un Derecho post-vírico

De la era Covid-19 no debe hacerse una lectura apocalíptica ni tampoco bucólica, como si a resultas de la misma fuera a emerger repentinamente ni una nueva sociedad fraterna ni un individualismo exacerbado encerrado en su segura torre de marfil. Utopías y distopías deben desterrarse. Las situaciones de catástrofes naturales –como la del virus- suelen ir acompañadas de reflexiones y valoraciones de diversa índole que incitan a (re)pensar el Derecho, tal y como se está haciendo a partir de este escenario pandémico, del que se pueden extraer unas valoraciones:

– El que cada cierto tiempo se quiebren los paradigmas ha sido una constante a lo largo de la historia de la filosofía del Derecho y forma parte de la propia evolución de la reflexión filosófica que se hace sobre los acontecimientos (ruptura / continuidad).

-La crisis y el miedo han instalado ideas como que el autoritarismo y el poder concentrado son buenas recetas para frenar la expansión del virus. Pero una sociedad libre y evolucionada debería pensar en generar soluciones y conciencia a partir del acceso a una información veraz y a una mejora de las libertades. Si se desea seguir siendo sociedades libres, habrá que hacerlo de la mano de la tecnología y la transparencia.

– El Derecho está llamado a cuidar las alteridades, especialmente en un tiempo en el que van a aumentar significativamente las personas y grupos en situación de vulnerabilidad. Ello implica que la vertiente social de los derechos humanos deberá ser objeto de especial atención.

– El Derecho se verá cada vez más expuesto a tener que lidiar con situaciones binarias (salud/ Economía; salud pública/libertad de movimiento; salud/privacidad; derecho a la información/Gobierno paternalista-controlador) que incidirán de forma directa en el ejercicio de derechos fundamentales lo que exigirá una cuidadosa ponderación por parte de los operadores jurídicos.

En definitiva, en este incierto tiempo pandémico, autonomía, responsabilidad, alteridad, transparencia, constituyen los pilares que están llamados a incorporarse a los parámetros de ese renovado Derecho post-Covid, junto a los ya asentados principios de libertad, igualdad y solidaridad para seguir afianzando un Derecho post-vírico en nuestras sociedades democráticas.


Nuria Belloso Martín

Catedrática de Filosofía del Derecho en el Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos –UBU- (España). Especialista en Mediación Civil y Mercantil.